Medidas para la igualdad Medidas para la igualdad

Cumplimiento de obligaciones de igualdad.

Todas las empresas que cuenten con personas trabajadoras en su plantilla, con independencia de su número, están obligadas a cumplir unas medidas mínimas de igualdad.

El Real Decreto 901/2020 estipula la obligación de disponer de un Protocolo contra el acoso laboral, y de un procedimiento para dar cauce a las denuncias o reclamaciones que puedan formular quienes hayan sido objeto del mismo. El protocolo contra el acoso laboral debe contemplar aquellas medidas que sean necesarias para prevenir, evitar o eliminar cualquier tipo de acoso laboral en la empresa, sea este acoso por razón de sexo, acoso sexual o acoso moral.

Real Decreto 902/2020 establece algunos instrumentos para hacer efectivo el derecho a la igualdad de trato y a la no discriminación entre mujeres y hombres en materia retributiva. Entre estos instrumentos, las empresas con menos de 50 personas trabajadoras en plantilla, deberán realizar obligatoriamente el Registro Retributivo. De conformidad con lo establecido en el artículo 28.2 del Estatuto de los Trabajadores: "El empresario está obligado a llevar un registro con los valores medios de los salarios, los complementos salariales y las percepciones extrasalariales de su plantilla, desagregados por sexo y distribuidos por grupos profesionales, categorías profesionales o puestos de trabajo iguales o de igual valor."

Las personas trabajadoras tienen derecho a acceder al registro salarial, a través de su representante en la empresa. Cabe indicar aquí que podrán conocer información agrupada y categorizada pero no se facilitarán datos personales, ni información que permita identificar a una persona.

¿Qué incluye el servicio?

Protocolo de Prevención del Acoso Laboral.

Documentación del Protocolo y del Procedimiento de Denuncia adaptados a la empresa.

Asistencia en la comunicación del Protocolo a las personas trabajadoras de la empresa.

Formación de la persona responsable: Prevención del acoso en la empresa (2 horas). Modalidad Offline.

Evaluación y resolución de dudas con nuestro equipo asesor especializado en igualdad.

Registro Retributivo.

Elaboración de Registro Retributivo.

¿Cuánto pagaré en total?

119,00€ + IVA Medidas para la igualdad. Protocolo Acoso y Registro Retributivo. (Hasta 5 personas en plantilla laboral).

+10,00€ + IVA Persona adicional en plantilla laboral.

Servicios adicionales:

Puedes recibir la formación ‘Prevención del acoso en la empresa’ de forma online (2 horas) con nuestro equipo asesor especializado en igualdad; también puedes hacer partícipes a las personas trabajadoras de la empresa

60,00€ + IVA Sesión formativa Online. Protocolo de Prevención del Acoso.

+10,00€ + IVA Alumno adicional.

Servicios adicionales: El Registro Retributivo debe actualizarse anualmente, incluyendo los datos retributivos del ejercicio anterior.

49,00€ + IVA Mantenimiento Registro Retributivo. (Hasta 5 personas en plantilla laboral).

+10,00€ + IVA Persona adicional en plantilla laboral.

119€

+ IVA