Plan de Igualdad Plan de Igualdad

Asesoría introductoria a la implantación del Plan de Igualdad en empresas con más de 50 personas trabajadoras.

El artículo 14 de la Constitución española proclama el derecho a la igualdad y a la no discriminación por razón de sexo. Posteriormente un conjunto de normativas han desarrollado acciones en distintos ámbitos y, singularmente, en las esferas política, civil, laboral, económica, social y cultural para garantizar este derecho y alcanzar una sociedad más democrática, más justa y más solidaria.

Además, como persona responsable de una sociedad mercantil, que tendrá un impacto directo sobre las personas y la sociedad, adquieres el compromiso y la obligación de respetar la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral y, con esta finalidad, adoptar medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres.

Si cuentas con más de 50 personas trabajadora en plantilla, conforme a Ley Orgánica 3/2007, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, deberás realizar un Plan de Igualdad, con el contenido mínimo que se determina en el artículo 8 del Real Decreto 901/2020, siendo sus materias fundamentales:

    Proceso de selección y contratación

    Clasificación profesional

    Formación

    Promoción profesional

    Condiciones de trabajo, incluida la auditoría salarial

    Ejercicio corresponsable de los derechos de la vida personal, familiar y laboral

    Infrarrepresentación femenina

    Retribuciones

    Prevención del acoso sexual y por razón de sexo

En empresas de menos de 50 personas trabajadoras, es voluntaria la adopción de este plan.

Los planes de igualdad de las empresas son un conjunto ordenado de medidas, adoptadas después de realizar un diagnóstico de situación, tendentes a alcanzar en la empresa la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminar la discriminación por razón de sexo. Deben estar negociados entre los representantes de la empresa y la representación legal de los trabajadores, formando una comisión paritaria.

La comisión negociadora del Plan de Igualdad podrá contar con el asesoramiento de agentes externos especialistas en igualdad, con formación acreditada, los cuales tendrán voz pero no derecho a voto sobre las decisiones a adoptar.

¿Qué incluye el servicio?

Asesoría introductoria sobre el proceso de adopción de un Plan de Igualdad.

¿Cuánto pagaré en total?

50€/Hora + IVA Consultoría online para la adopción de un Plan de Igualdad.

50€/Hora

+ IVA